OPINIÓN MANUEL FARÍAS, Vicepresidente CFTECH:- Luego de promulgarse la Ley 20.910 que crea 15 Centros de Formación Técnica Estatales en Chile durante el año 2016, se puso fin a cuarenta años de ausencia del Estado en la formación de técnicos de nivel superior, siendo la última en fundarse el Instituto Nacional de Capacitación Popular (Inacap) durante la década de los sesenta.
A partir de la promulgación de la Ley general de Universidades el año 1981, se permite la creación de Centros de Formación Técnica e Institutos profesionales, además de nuevas Universidades, y el sector privado comienza a tomar protagonismo en la formación superior, expandiéndose la matrícula y también los ingresos de dichas instituciones.
El sistema público de educación superior se sometió a las reglas del juego del mercado y ha competido por los mejores puntajes para obtener financiamiento estatal. La Ley señaló que en especial las universidades son entidades “sin fines de lucro”, lo que en varios casos no fue así y el Estado se vio obligado, por presiones de la misma sociedad, a modificar tal reglamentación, haciendo más exigente este requisito y terminando con este contrasentido.
Los CFT no tuvieron la prohibición de ser entidades sin fines de lucro y, por tanto, junto con la implementación del CAE expandieron su matrícula al igual que los institutos profesionales, y de manera directamente proporcional, expandieron sus ingresos.
Instituciones tales como el Consejo Nacional de Productividad, la Fundación Chile, el Consejo Minero, entre otras, coinciden en la necesidad de preparar una mayor cantidad de técnicos respecto de los profesionales que se forman en nuestro país. Sin embargo, esa tarea es aún insuficiente.
La Ley de Educación Superior promulgada el año 2018, reconoce la existencia de un Subsistema de Educación Técnico profesional de nivel superior de provisión mixta. Se establece también el Marco de Cualificaciones para la Educación TP y junto con la implementación de los nuevos CFT estatales comienzan a evidenciarse proyectos tales como articulación con la educación media técnico-profesional, articulación de programas de formación para el trabajo con carreras técnicas, aplicación de modelos de competencias laborales, articulación con perfiles Chile Valora, programas orientados a instalar capacidades de innovación y transferencia tecnológica, programas de reconocimiento de aprendizajes previos, entre otras iniciativas que los CFT Estatales han impulsado.
La ley les confiere a los estatales el mandato de acreditarse al sexto año de haber iniciado sus actividades académicas, lo que sumado a la exigencia de acreditar por cuatro años para ser una institución vigente en el sistema de gratuidad, presenta un panorama complejo e inédito en la educación superior.
Por ello, debe contemplarse un sistema de financiamiento que, manteniendo el espíritu de la ley que los creó, fortalezca su institucionalidad para alcanzar las diferentes metas de acreditación existentes.
Este sistema debe contemplar al menos lo siguiente:
• Un aporte permanente del Estado para contribuir con el costo de administración. Este aporte debe ser diferenciado en función del tamaño, de la localización geográfica, de la complejidad de las carreras y de otras consideraciones socioeconómicas regionales.
• Un programa especial de financiamiento para los CFT Estatales para fortalecimiento institucional proveniente del actual Fondo de Desarrollo Institucional (FDI). Actualmente se nos hace competir con entidades privadas que tienen entre treinta y cuarenta años de experiencia y consolidación.
• Un programa de financiamiento de capital para nuevas carreras tecnológicas orientadas a desafíos que las propias regiones vayan estableciendo (por ejemplo: hidrógeno verde, electromovilidad, inteligencia artificial, entre otras).
• Un convenio de desempeño de largo plazo con el objeto de consolidar la gestión institucional y el real aporte al desarrollo regional de estas entidades tal como sucede en países como Australia, Nueva Zelanda o Canadá.
Adicionalmente a esto, la glosa de gratuidad debe hacer exigible por los próximos diez años (tiempo que tarda una institución de educación superior en acreditar por cuatro años) solo el requisito de estar acreditados para mantener el beneficio de gratuidad en estas instituciones estatales emergentes.
Además se debe revisar la ley de donaciones con fines universitarios para que los CFT tengan cabida y para que la captación de las donaciones se distribuya equitativamente y no sea capturada casi exclusivamente por algunas universidades.
Finalmente, se debe modificar la Ley del Fondo de Innovación para la Competividad (FIC) a objeto de que los CFT estatales también puedan postular proyectos a este fondo regional que promueve la innovación y la investigación aplicada.
Estamos ciertos de que los CFT estatales, ubicados en cada región, seremos un gran aporte para el desarrollo regional y local, para la innovación productiva y social, y además para colaborar en la construcción de trayectorias formativas y laborales. Por lo cual la ciudadanía, quien es dueña de estos centros, a través del Estado, debe procurar todo lo necesario para su fortalecimiento y consolidación. Y en esa dirección, la discusión de la Ley de presupuesto para el año 2021 puede ser una gran oportunidad.